Los equilibrios en el reglamento del SNI

La recién publicada norma para el sistema ha generado inconformidad y aún está por verse si habrá modificaciones

El nuevo reglamento del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) está publicado y oficialmente es la norma que regulará el funcionamiento de ese sistema (DOF 21.09.2020). Sin embargo, como lo comentamos en este Acelerador de partículas la semana pasada, la situación es atípica y el desenlace está por verificarse.

El SNI tienen 32 mil 768 investigadores y absorbe alrededor del 20 por ciento del total del presupuesto del Conacyt. También es una programa clave en la administración del Conacyt, no solamente por su permanencia a lo largo del tiempo, también porque paulatinamente se convirtió en una referencia a la que quedaron atados otros programas del organismo y la operación misma del sistema nacional de ciencia y tecnología.

De ahí que cualquier modificación en las reglas de juego del SNI, desencadena una fuerza estocástica que altera al conjunto del sector e incluso a segmentos relevantes de intersección con el subsistema de educación superior. Además, cualquier cambio de cierta profundidad significaría un presupuesto mayor o una distribución distinta. Tal vez por eso, pese a intenciones manifiestas de realizar una reforma profunda, el programa ha permanecido relativamente estable durante más de tres décadas.

Los cambios que ha tenido el SNI han sido paulatinos, siempre bajo los principios trazados desde su fundación y solamente por la vía de su reglamento. Este último es el mismo que hoy está en discusión. En esta ocasión tampoco es un vuelco en las reglas del juego. No obstante, los tiempos y formas no han sido las mejores.

Una de las variaciones más importantes, como lo anticipamos la semana pasada, es el cambio en su máximo órgano de decisiones. En el anterior reglamento se denominaba Consejo de Aprobación, lo presidía la dirección del Conacyt y estaba integrado por una docena de personas: seis funcionarios del organismo; dos subsecretarios de SEP; la coordinación del Foro Consultivo Científico y Tecnológico; y tres investigadores del SNI pertenecientes a la mesa directiva del Foro.

En el nuevo reglamento se denomina Consejo General, permanece su número de integrantes, pero cambia su composición: media docena de funcionarios del organismo; la subsecretaría de educación superior de la SEP; la dirección general de la misma subsecretaría; el secretario general de Anuies; y tres investigadores electos directamente por los miembros del SNI.

El Consejo General, como máxima autoridad, decide sobre todos los temas relevantes del SNI: comisiones dictaminadoras, convocatorias, criterios de evaluación, etcétera. Lo novedoso de la composición que propone es la integración del representante de Anuies y la elección directa de los tres investigadores. No obstante, el organismo seguirá conservando la mitad de los asientos totales.

El problema con la modificación es que, como ocurrió con el estatuto del Conacyt y otras normas, no observa lo que dice la vigente Ley de Ciencia y Tecnología, subestima las implicaciones legales y los equilibrios gremiales del sistema. A la fecha, como lo hemos anotado en este mismo lugar, sigue una disputa en los tribunales sobre la personalidad jurídica del Foro y sobre la participación de su mesa directiva en el SNI.

Otro cambio relevante del nuevo reglamento fue el número y división de sus comisiones dictaminadoras. Estas últimas han sido una de las expresiones más claras de los equilibrios y disputas en los territorios de la actividad científica. En 1984, al iniciar el SNI, solamente habían tres comisiones dictaminadoras: físico-matemáticas e ingeniería; biológicas, biomédicas, agropecuarias y químicas; y sociales y humanidades. A los dos años, los ingenieros y tecnólogos reclamaron su separación y sumaron una comisión más.

Después, en tres ocasiones más, se volvieron a modificar las comisiones y finalmente quedaron siete: i) Físico-Matemáticas y Ciencias de la Tierra; ii) Biología y Química; iii) Medicina y Ciencias de la Salud; iv) Humanidades y Ciencias de la Conducta; v) Ciencias Sociales; vi) Biotecnología y Ciencias Agropecuarias; vii) ingenierías y unas comisiones transversales relativamente ambiguas.

En el reglamento más reciente, se suman dos comisiones más y se dividen de forma distinta. Las primeras tres permanecen de la misma forma, pero las siguientes tienen otra agrupación: iv) Ciencias de la conducta y Educación; v) Humanidades; vi) Ciencias Sociales; vii) Ciencias de Agricultura, Agropecuarias, Forestales y de Ecosistemas; viii) Ingenierías y Desarrollo Tecnológico; ix) Interdisciplinaria.

El cambio tiene varios ángulos que en otra oportunidad analizaremos, pero anotemos que el mismo no habría tenido mayor dificultad. Sin embargo, a diferencia de ocasiones anteriores, ahora simplemente se cambió y ya; no hubo explicación previa ni consenso, ni nada. Adicionalmente, la especialidad de Biotecnología que desaparece como área es precisamente aquella que tiene la animadversión de la actual administración y añadamos que también se suprime el fideicomiso sobre bioseguridad y biotecnología. Nada fortuito.

La inconformidad era inevitable por las formas y el desequilibrio provocado. Ahora, como ya se está haciendo costumbre, después de las inconformidades, la autoridad tiene que aclarar qué se proponía hacer. No hay forma de que convenza.

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Pie de página: La sesión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del martes 29 fue interesante, tanto por el debate como por el retiro de los diputados de oposición. Quedó aprobado el dictamen para suprimir los fideicomisos y este jueves se vota en el pleno. Seguramente se ratificará la eliminación.

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