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Derecho a la educación superior ¿en pausa?

En abril de 2019 México dio un paso de enorme trascendencia al consumar la reforma al artículo 3º constitucional, que establece el derecho humano a la educación superior. La decisión fue apoyada por todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso de la Unión a partir de reconocer la urgencia de impulsar una reforma educativa, genuinamente transformadora, que abriera cauces renovados al bienestar y la justicia social, ampliando las obligaciones del Estado de garantizar el acceso efectivo de la población, desde la educación inicial hasta el nivel superior, con equidad, inclusión y excelencia, entendida ésta “como el mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad” (Articulo 3º) El diagnóstico compartido por autoridades educativas, legisladores, directivos, comunidades académicas y organismos de la sociedad civil refrendó el sentido de urgencia de establecer en la Constitución General de la República, en la Ley General de Educación y en la nueva Ley General de Educación Superior, la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior.

En el inicio de la próxima administración, las autoridades educativas cuentan con un marco constitucional que permitirá avanzar en los compromisos establecidos en materia de educación superior. ¿Es valido poner un alto a estos avances?

La SHCP entregó propuestas técnicas para la creación y operación del Fondo Federal Especial para la Obligatoriedad y Gratuidad de la Educación Superior.

En abril de 2019 México dio un paso de enorme trascendencia al consumar la reforma al artículo 3º constitucional, que establece el derecho humano a la educación superior.

La decisión fue apoyada por todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso de la Unión a partir de reconocer la urgencia de impulsar una reforma educativa, genuinamente transformadora, que abriera cauces renovados al bienestar y la justicia social, ampliando las obligaciones del Estado de garantizar el acceso efectivo de la población, desde la educación inicial hasta el nivel superior, con equidad, inclusión y excelencia, entendida ésta “como el mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad” (Articulo 3º).

El diagnóstico compartido por autoridades educativas, legisladores, directivos, comunidades académicas y organismos de la sociedad civil refrendó el sentido de urgencia de establecer en la Constitución General de la República, en la Ley General de Educación y en la nueva Ley General de Educación Superior, la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior.

Al inicio de la presente administración, en 2018, solo una de cada cinco personas mayores de 25 años tenía cubierto algún grado de estudios profesionales; la tasa bruta de educación superior se ubicaba en 38.5 por ciento, pero la tasa neta indicaba que solo una cuarta parte de los jóvenes de 18 a 22 años estaba inscrito en una institución de educación superior; en el quintil de hogares más pobres del país, apenas uno de cada cinco jóvenes tenía acceso a educación superior; y en el ciclo 2018-2019, más de 300 mil jóvenes egresados de educación media superior en el país, no logró ingresar a instituciones públicas de educación superior.

El sombrío panorama para la juventud mexicana motivó a los legisladores a aprobar, en el artículo 3º Constitucional y en la Ley General de Educación Superior (LGES), la obligación de las autoridades de crear, a más tardar en el ejercicio fiscal de 2022 (ver Tercero Transitorio) un fondo federal especial que asegure a largo plazo los recursos económicos necesarios para garantizar la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior, así como la plurianualidad de la infraestructura física educativa necesaria.

Para dar cumplimiento al mandato constitucional la SEP, a través de la Subsecretaría de Educación Superior, presentó y solicitó a la SHCP, por los cauces oficiales, de manera reiterada en 2021, 2022 y 2023 las propuestas técnicas para la creación y operación del Fondo Federal Especial para la Obligatoriedad y Gratuidad de la Educación Superior. Los documentos pueden consultarse en el sitio:
https://educacionsuperior.sep.gob.mx/pdfs/2022/diagnostico_U079.pdf.

En los documentos entregados a la SHCP, la SEP expone con detalle, tanto los graves rezagos del país en materia de educación superior, como el agotamiento del modelo y los instrumentos de financiamiento público para hacer efectivo el derecho humano a la educación superior. Ignorando las propuestas técnicas, pero más aún las graves consecuencias sociales y económicas, presentes y futuras, la autoridad hacendaria tomó la decisión de “pausar” el cumplimiento del mandato constitucional.

El “Sexto Informe de Labores 2024” de la SEP (ver página 13 https://www.planeacion.sep.gob.mx/Doc/informes/labores/2018-2024/6to_informe_de_labores.pdf ) arroja datos que perfilan el balance sexenal en materia de educación superior: en el ciclo escolar 2023-2024 la tasa de cobertura en educación superior es de solo 43.8 por ciento, lo que significa que se incumplirá tanto la meta de 50 por ciento establecida en el Programa Sectorial de Educación Superior 2020-2024, como también la meta ajustada (de 48 por ciento) en el Programa Nacional de Educación Superior 2023-2024 (48.3 por ciento). El estancamiento del financiamiento público para educación superior provocó que en 2024 las brechas interestatales de cobertura en educación superior se ampliaran respecto a 2018; e, inclusive, varias entidades federativas incluso registraron retrocesos en su tasa de cobertura. Paralelamente la tasa de absorción de egresados de educación media superior por parte de IES particulares se incrementó en la mayoría de las entidades federativas. La SEP reconoce que en el ciclo 2023-2024 a nivel nacional, en promedio, las IES públicas atienden a 54 por ciento de los egresados de bachillerato, en tanto que las IES particulares al 38 por ciento.

En el inicio de la administración 2024-2030 sin duda las autoridades educativas cuentan con un marco constitucional que confiere amplias posibilidades para avanzar en los compromisos establecidos en materia de educación superior por la Presidenta Claudia Sheinbaum en los “100 pasos para la Transformación”. Sin embargo, alguien debería preguntar a la autoridad educativa y hacendaria si es moral y jurídicamente válido “pausar” indefinidamente, los derechos humanos que consagra la Constitución.

Héctor Ramírez del Razo
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