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Normalizar la presencia del crimen en las elecciones

La propuesta de crear un mecanismo para revisar los antecedentes de quienes aspiren a una candidatura busca cerrar el paso a la infiltración criminal en las elecciones. Sin embargo, también abre un debate sobre los límites de la intervención gubernamental en los procesos electorales, los riesgos para los derechos políticos y la posibilidad de que organismos de seguridad e inteligencia influyan en la definición de las candidaturas.
La propuesta de creación de una comisión dentro del Instituto Nacional Electoral que se encargue de verificar la integridad de las y los posibles candidatos no es eficaz para combatir la presencia de grupos criminales en las elecciones.

Con el objeto de evitar lo que, de entrada, no debería existir en un espacio electoral, se abre la puerta a la normalización de prácticas que ponen en tensión la idea de las elecciones limpias y libres, así como la aspiración democrática que se ha planteado desde la instauración del sistema electoral moderno en México.

La propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum para la creación de una comisión dentro del Instituto Nacional Electoral que se encargue de verificar la integridad de las y los posibles candidatos, lejos de combatir la presencia de grupos criminales en las elecciones, puede generar efectos como la incidencia real del gobierno en la definición de candidaturas, la violación de derechos políticos y la legitimación de candidaturas que efectivamente cuenten con el respaldo de grupos criminales.

Si bien son históricas las anécdotas en torno a la colusión del crimen con la política en diversas dimensiones, incluida la electoral, en diversas partes del mundo y México, incorporar el tema al sistema electoral de manera formal sí modifica la dinámica de competencia y legitima la incidencia de espacios gubernamentales en la competencia entre partidos y candidatas y candidatos.

La propuesta plantea la conformación de una comisión en el consejo general del INE, que envíe las listas de las y los candidatos que los partidos busquen registrar ante las dependencias de seguridad e inteligencia, para que se recabe información que permita realizar un análisis de riesgo sobre el vínculo de esas personas con actividades delictivas y se emita esta opinión a los partidos, quienes decidirían continuar con los registros o no.

Además de los problemático que resulta la propuesta en torno a su posición con el principio de la presunción de inocencia de cada persona, pues se estaría emitiendo una opinión que no implica un procedimiento judicial previo de por medio, se permitiría la participación de dependencias que históricamente no son neutras e imparciales pues asumen no únicamente los intereses del Estado como actor, sino también de los grupos que dominan los procesos de toma de decisiones dentro del gobierno.

La integración de estas dependencias parte de procesos cuya naturaleza política les imprime ya una orientación que se refleja en sus acciones. Las diversas fiscalías, tanto la federal como las estatales, tienen designaciones que se rigen por procesos legislativos en los que predominan las mayorías partidarias; no se diga ya de las designaciones dentro de ellas, donde no hay contrapesos ni mecanismos que aseguren la imparcialidad. La misma Unidad de Inteligencia Financiera, así como las que existen en algunas entidades, ha sido utilizada históricamente para investigar a personas de interés político para los gobiernos, independientemente de los partidos que tienen mayoría en ellos. Al igual que otras agencias de inteligencia en el mundo, filtran información, sesgan u omiten investigaciones, y ubican la información de manera discrecional, etc.

De esta forma, con la mera emisión de algún elemento de duda por parte de estas dependencias, con fundamento o no, ya habría incidencia en la definición de quienes accederían al espacio de competencia electoral, ubicándose como un actor más dentro de la elección, pero sin los mecanismos de control que se han instrumentado para otros actores con el objeto de garantizar condiciones de igualdad política.

Por otro lado, además de no plantearse mecanismos procesales como el acceso a los expedientes, la posibilidad de impugnar u otros, tampoco se identifican controles, metodologías, auditorías o aspectos mínimos de procedimiento que permitan garantizar la instrumentación imparcial de la estrategia.

Finalmente, en la iniciativa se sustituye la dinámica democrática, basada en la igualdad de condiciones, las libertades, el debido proceso y la presunción de inocencia, por un discurso más moralino en torno a la integridad electoral, pero asumiendo que las dependencias públicas actuarán de buena fe. En realidad, suena más a un nuevo espacio de intervención electoral o a una trampa para quienes puedan oponerse, asumiendo que no son sensibles a la necesidad de proteger la elección, cuando esta sí es una de las responsabilidades de los partidos políticos y de las dependencias de seguridad. Además, hay más preguntas como ¿podrá anularse el triunfo de una persona que fue señalada por su riesgo y aun así compitió? ¿Se incluirá como personas de riesgo a quienes tienen deudas de manutención o a quienes han sido acusadas de violencia de género? ¿La ley de transparencia obligaría a hacer públicos los informes que se generen? ¿No es una intervención directa a la vida interna de los partidos? Entre muchas otras.

Gustavo López Montiel
Tecnológico de Monterrey |  + posts

Profesor de la Escuela de Ciencias Sociales y Gobierno del Tecnológico de Monterrey

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