En su ya clásico tratado Sobre la libertad (1859), el filósofo y economista inglés John Stuart Mill (1806-1873) sentenció: “La única finalidad por la cual el poder se ejerce, con pleno derecho, sobre un miembro de una comunidad civilizada, contra su voluntad, es evitar que perjudique a los demás. Su propio bien, físico o moral, no es justificación suficiente. Nadie puede ser obligado a realizar o no determinados actos, porque eso fuera mejor para él, porque le haría feliz o porque, en opinión de los demás, hacerlo sería más acertado o justo. […] En la parte que le concierne meramente a él, su independencia es, de derecho, absoluta. Sobre sí mismo, sobre su propio cuerpo y espíritu, el individuo es soberano”. Y a esto se le llama “libertad”; la libertad que, en todo tiempo y lugar, sobrevive amenazada por la prohibición.
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